Las ASADAS prestan un servicio de operar un sistema de suministro de agua para el consumo de una población en Costa Rica.

Para evaluar la calidad del agua que entregan las ASADAS a sus usuarios se aplica el Reglamento para la Calidad del Agua Potable (Decreto de la República N° 38924-S) de forma que se garantice la seguridad de las personas.

El reglamento se encarga de normar la vigilancia y control de la calidad del agua para consumo humano en el servicio que prestan las ASADAS.

La regulación dispone de una distribución de niveles de un nivel de control operativo (CO) y cuatro niveles de control que evalúan los parámetros físico – químicos y microbiológicos (N1, N2, N3, N4) a partir de los cuales existe rechazo del agua por parte de los consumidores o surge un riesgo inaceptable para la salud.

El agua de un acueducto es considerada de calidad potable cuando no represente un riesgo para la salud de los consumidores y no sea rechazada por éstos debido a sus características estéticas (olor, color y sabor).

Hay situaciones donde se incumple alguno de los parámetros establecidos en el reglamento, pero aun así el agua se considera de calidad potable, ya que no representa un riesgo para la salud. En Bioanalitica apoyamos a las ASADAS realizando los análisis de calidad de agua.